¿Puedo trabajar y tener Medicare?

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Ya sea para costear su jubilación o porque les gusta su trabajo, muchas personas trabajan hasta más tarde en la vida. Algunas, quizás usted, seguirán trabajando cuando se hagan elegibles para Medicare. ¿Puede trabajar e inscribirse en Medicare? Y si decide no inscribirse, ¿tendrá una multa?

¿Puede tener Medicare mientras trabaja?

Sí. Si está trabajando cuando empieza su Período de Inscripción Inicial (IEP), puede inscribirse en Medicare siempre que cumpla los requisitos. También puede retrasar su cobertura de Medicare, aunque en algunos casos podría tener una multa más adelante. Si no tiene cobertura de salud a través de su trabajo, por lo general le conviene inscribirse en Medicare cuando es elegible por primera vez.

¿Qué pasa si tengo cobertura por mi trabajo?

Si tiene seguro de salud por su empleo actual o el de su cónyuge cuando se hace elegible, tendrá que decidir si se inscribe en las Partes A, B y/o D. La decisión depende del tipo de cobertura y del tamaño del empleador.

  • Menos de 20 empleados: probablemente le convenga inscribirse en las Partes A, B y D cuando sea elegible. Medicare por lo general pasa a ser su cobertura principal.
  • 20 empleados o más: puede que pueda retrasar las Partes A, B y/o D si su cobertura de grupo es suficiente y no tendrá multas por inscripción tardía. Medicare por lo general paga en segundo lugar, después de la cobertura de grupo de empleadores grandes.

En general, conviene considerar inscribirse en la Parte A cuando califique, ya que la mayoría de las personas no pagan prima por ella y puede funcionar junto con la cobertura de su trabajo. (Si aporta a una Cuenta de Ahorros para la Salud (HSA), hable primero con su empleador, porque inscribirse en Medicare afecta esos aportes.) Puede que no tenga sentido inscribirse y pagar las primas de las Partes B y D de inmediato.

Antes de decidir retrasar alguna parte de Medicare, compare su cobertura actual para ver qué le conviene. Un agente de seguros con licencia o el departamento de Recursos Humanos de su empleador pueden ayudarle.

¿Cuándo podría causar una multa retrasar la inscripción?

Si tiene cobertura de grupo basada en su empleo actual o el de su cónyuge, por lo general puede retrasar las Partes A, B y/o D sin multa. Podría correr el riesgo de multas por inscripción tardía si:

  • El empleador tiene menos de 20 empleados y usted retrasa Medicare;
  • Su cobertura viene del trabajo de su pareja de hecho y no están casados; o
  • La cobertura de medicamentos de su empleador no es acreditable, o pasa 63 días o más sin cobertura acreditable de medicamentos.

¿Qué pasa cuando me jubile?

Cuando termina su empleo o su cobertura de grupo (lo que ocurra primero), tiene un Período de Inscripción Especial. Empieza el mes siguiente y dura ocho meses, y por lo general puede inscribirse en las Partes A y B sin multa. (Para evitar la multa de la Parte D, inscríbase en un plan de medicamentos dentro de los 63 días después de que termine su cobertura acreditable.) Si no se inscribe en las Partes A y/o B durante este período, podría aplicarse una multa cuando se inscriba.

Trabajar y tener Medicare pueden ir de la mano. Ya sea que se inscriba mientras sigue trabajando o que dependa de la cobertura de su empleo, revise sus opciones para asegurarse de tomar la decisión correcta y evitar una multa costosa.

Más información: Medicare.gov en español (Trabajar después de los 65)

¿Quiere ayuda con su situación? Pida una revisión de su plan o llame a un agente de seguros con licencia al (832) 734-6825 (TTY 711). Le atendemos en español con un intérprete profesional por teléfono. Mi ayuda no tiene costo y no tiene ninguna obligación de inscribirse.

No ofrecemos todos los planes disponibles en su área. Actualmente representamos a 10 organizaciones que ofrecen de 8 a 11 planes MAPD en su área. Comuníquese con Medicare.gov, 1-800-MEDICARE o con el Programa Estatal de Asistencia sobre Seguros de Salud (SHIP) de su localidad para obtener información sobre todas sus opciones.

Alph Coleman es un agente de seguros con licencia en Texas (licencia #1319502) y representante con licencia y certificación de organizaciones de Medicare Advantage y de planes independientes de medicamentos recetados. Cada una de las organizaciones que representa tiene un contrato con Medicare. La inscripción en cualquier plan depende de la renovación del contrato.

No está afiliado ni respaldado por ninguna agencia del gobierno. Los planes que representamos no discriminan por motivos de raza, color, origen nacional, edad, discapacidad o sexo. Esta es una solicitud de seguro.

We do not offer every plan available in your area. Currently, we represent 10 organizations that offer 8 to 11 MAPD plans in your area. Please contact Medicare.gov, 1-800-MEDICARE, or your local State Health Insurance Program (SHIP) to get information on all of your options.

Alph Coleman is a licensed insurance agent in Texas (license #1319502) and a licensed and certified representative of Medicare Advantage organizations and stand-alone prescription drug plans. Each of the organizations he represents has a Medicare contract. Enrollment in any plan depends on contract renewal.

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